Ruta del proceso

La permanencia en la carrera presidencial tanto de Sandra Torres como de Mauricio Radford no están en peligro por ahora, pero dependerá de la resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y del análisis del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

El Ministerio Público presenta la solicitud de antejuicio en Gestión Penal de la CSJ.

En pleno, la CSJ decide si retira o no la inmunidad. Para esta resolución no existe tiempo establecido. El pleno está agendado para el viernes de cada semana.

Si la CSJ no retira la inmunidad, la participación en la campaña electoral continúa sin contratiempos.

Gestión Penal designa por sorteo el juzgado que conocerá el caso.

El juzgado designado tiene tres días para inhibirse y traslada la solicitud a la CSJ.

Si la CSJ retira la inmunidad, el TSE analiza en pleno el caso, debido a que no hay ningún procedimiento establecido, por ser una situación nueva.

La CSJ, en pleno, decide si da trámite al antejuicio.

El TSE puede tomar dos decisiones: la candidatura sigue su curso o puede ser revocada, basándose en el artículo 113 de la Constitución.

Si la candidatura es revocada, el binomio presidencial se retira de la contienda.

Si no se le da trámite al antejuicio no ocurre nada.

Si se le da trámite, la CSJ designa a un juez pesquisidor, quien tiene 60 días para analizar el expediente y luego recomienda si se debe o no retirar la inmunidad. Luego lo traslada de nuevo a la CSJ.

Si la candidatura sigue su curso, puede participar sin contratiempos en el proceso electoral.

Infografía: Marco Flores

Fuentes: CSJ y TSE

Ruta del proceso

La permanencia en la carrera presidencial tanto de Sandra Torres como de Mauricio Radford no están en peligro por ahora, pero dependerá de la resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y del análisis del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

El Ministerio Público presenta la solicitud de antejuicio en Gestión Penal de la CSJ.

Gestión Penal designa por sorteo el juzgado que conocerá el caso.

El juzgado designado tiene tres días para inhibirse y traslada la solicitud a la CSJ.

La CSJ, en pleno, decide si da trámite al antejuicio.

Si no se le da trámite al antejuicio no ocurre nada.

Si se le da trámite, la CSJ designa a un juez pesquisidor, quien tiene 60 días para analizar el expediente y luego recomienda si se debe o no retirar la inmunidad. Luego lo traslada de nuevo a la CSJ.

En pleno, la CSJ decide si retira o no la inmunidad. Para esta resolución no existe tiempo establecido. El pleno está agendado para el viernes de cada semana.

Si la CSJ no retira la inmunidad, la participación en la campaña electoral continúa sin contratiempos.

Si la CSJ retira la inmunidad, el TSE analiza en pleno el caso, debido a que no hay ningún procedimiento establecido, por ser una situación nueva.

El TSE puede tomar dos decisiones: la candidatura sigue su curso o puede ser revocada, basándose en el artículo 113 de la Constitución.

Si la candidatura es revocada, el binomio presidencial se retira de la contienda.

Si la candidatura sigue su curso, puede participar sin contratiempos en el proceso electoral.

Infografía: Marco Flores

Fuentes: CSJ y TSE

Ruta del proceso

La permanencia en la carrera presidencial tanto de Sandra Torres como de Mauricio Radford no están en peligro por ahora, pero dependerá de la resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y del análisis del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

El Ministerio Público presenta la solicitud de antejuicio en Gestión Penal de la CSJ.

Gestión Penal designa por sorteo el juzgado que conocerá el caso.

El juzgado designado tiene tres días para inhibirse y traslada la solicitud a la CSJ.

La CSJ, en pleno, decide si da trámite al antejuicio.

Si no se le da trámite al antejuicio no ocurre nada.

Si se le da trámite, la CSJ designa a un juez pesquisidor, quien tiene 60 días para analizar el expediente y luego recomienda si se debe o no retirar la inmunidad. Luego lo traslada de nuevo a la CSJ.

En pleno, la CSJ decide si retira o no la inmunidad. Para esta resolución no existe tiempo establecido. El pleno está agendado para el viernes de cada semana.

Si la CSJ no retira la inmunidad, la participación en la campaña electoral continúa sin contratiempos.

Si la CSJ retira la inmunidad, el TSE analiza en pleno el caso, debido a que no hay ningún procedimiento establecido, por ser una situación nueva.

Si la candidatura es revocada, el binomio presidencial se retira de la contienda.

El TSE puede tomar dos decisiones: la candidatura sigue su curso o puede ser revocada, basándose en el artículo 113 de la Constitución.

Si la candidatura sigue su curso, puede participar sin contratiempos en el proceso electoral.

Infografía: Marco Flores

Fuentes: CSJ y TSE

Ruta del proceso

La permanencia en la carrera presidencial tanto de Sandra Torres como de Mauricio Radford no están en peligro por ahora, pero dependerá de la resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y del análisis del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

El Ministerio Público presenta la solicitud de antejuicio en Gestión Penal de la CSJ.

Gestión Penal designa por sorteo el juzgado que conocerá el caso.

El juzgado designado tiene tres días para inhibirse y traslada la solicitud a la CSJ.

La CSJ, en pleno, decide si da trámite al antejuicio.

Si no se le da trámite al antejuicio no ocurre nada.

Si se le da trámite, la CSJ designa a un juez pesquisidor, quien tiene 60 días para analizar el expediente y luego recomienda si se debe o no retirar la inmunidad. Luego lo traslada de nuevo a la CSJ.

En pleno, la CSJ decide si retira o no la inmunidad. Para esta resolución no existe tiempo establecido. El pleno está agendado para el viernes de cada semana.

Si la CSJ no retira la inmunidad, la participación en la campaña electoral continúa sin contratiempos.

Si la CSJ retira la inmunidad, el TSE analiza en pleno el caso, debido a que no hay ningún procedimiento establecido, por ser una situación nueva.

Si la candidatura es revocada, el binomio presidencial se retira de la contienda.

El TSE puede tomar dos decisiones: la candidatura sigue su curso o puede ser revocada, basándose en el artículo 113 de la Constitución.

Si la candidatura sigue su curso, puede participar sin contratiempos en el proceso electoral.

Infografía: Marco Flores

Fuentes: CSJ y TSE